Extranjeros que han permanecido en los Estados Unidos por menos de un año y forman parte de una “clase” elegible para asilo (Ej. personas que han sido perseguidas por pertenecer a un partido político, raza, religión, genero, orientación sexual, grupo social, etc.)Los miembros inmediatos de familia pueden ser elegibles para el estatus de asilo con todos sus beneficios,tales como permiso de trabajo y el poder permanecer en los Estados Unidos legalmente; siempre y cuando estos hayan sido mencionados en la solicitud de asilo, aún si no están presentes en los Estados Unidos en el momento de radicar la solicitud.